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Las solicitudes se abren el 16 de enero y la subvención se concede por estricto orden de llegada.
El dinero es limitado: quien llega tarde, se queda fuera.
Tramítala cuanto antes y sin errores.
Revisión de requisitos
Preparación de toda la documentación
Presentación correcta de la solicitud
Seguimiento completo del expediente
No te compliques, sin errores fácil y cómodo. Uno de nuestros expertos te llamará para gestionar contigo todo el proceso.
La entidad organizadora del presente sorteo es Asesoría Estudio Emprendedor,
S.L., con domicilio social en Rúa Colón 37, 2º, Vigo (Pontevedra), C.P. 36201, y C.I.F.
B27794684 (en adelante, “la Empresa” o “la Organizadora”) de conformidad con las
presentes bases.
El objetivo del sorteo es promocionar los servicios de la Empresa y fomentar la
interacción con sus clientes y seguidores a través de su página web y perfiles en redes
sociales.
Inicio del sorteo: 9 de enero.
• Fin del sorteo: 23 de enero (incluido).
• Fecha de realización del sorteo: 30 de enero.
• Fecha de comunicación del ganador: el mismo día del sorteo o dentro de las 48
horas siguientes.
No se admitirán participaciones fuera de dicho periodo.
Podrán participar todas las personas físicas mayores de 18 años, residentes en España.
Aunque el sorteo está orientado a autónomos y titulares de comercios físicos,
la participación no se limitará técnicamente a este colectivo, dado que la segmentación
no puede garantizarse en redes sociales.
Para participar, los usuarios deberán:
5.1 Participación básica (1 participación)
Completar el formulario disponible en la web de la Empresa
asesoriaemprendedor.es/concurso-marketing-2026, indicando:
– Nombre y apellidos.
– Teléfono.
– Correo electrónico.
5.2 Participaciones adicionales (ilimitadas)
El participante podrá obtener participaciones extra si:
– Comparte la publicación del sorteo en redes sociales (Instagram o Facebook).
– Menciona a un amigo en los comentarios de la publicación. Cada comentario con
mención contará como una participación adicional. Sin límite de comentarios.
5.3 Condiciones adicionales
• El perfil del participante deberá permitir la verificación de las acciones (público
o accesible mediante captura válida).
• No se admitirán participaciones fraudulentas, duplicadas mediante bots o perfiles
falsos.
• La Empresa se reserva el derecho de excluir a cualquier participante que incumpla
estas bases o actúe de mala fe.
El sorteo se realizará el 2 de febrero de 2026 mediante la plataforma AppSorteos,
garantizando un proceso aleatorio y transparente.
Se extraerá:
– 1 ganador.
– 2 suplentes (en caso de imposibilidad de contactar o renuncia del ganador).
El ganador recibirá:
– Un plan de marketing valorado en 10.000€, elaborado por Marketing Plus, S.L.
– El premio no es transferible, ni canjeable por dinero u otros servicios.
– El plan de marketing deberá ser disfrutado por el ganador o su negocio.
El premio tiene la consideración de premio en especie. En su caso, la Organizadora
cumplirá con las obligaciones fiscales que le correspondan conforme a la normativa
tributaria vigente, incluyendo, si procede, la práctica de las retenciones o ingresos a
cuenta que resulten exigibles.
El ganador será responsable de las obligaciones fiscales que pudieran derivarse para
él de la aceptación y disfrute del premio, debiendo, en su caso, incluirlo en sus
declaraciones tributarias conforme a la normativa aplicable.
El ganador será anunciado en:
– Instagram de la Empresa.
– Facebook de la Empresa.
Además, la Empresa contactará al ganador mediante llamada telefónica al número
facilitado en el formulario.
Si tras 3 intentos de contacto en un plazo de 72 horas no se obtiene respuesta, se
contactará con el primer suplente.
El ganador deberá confirmar la aceptación del premio en un plazo máximo de 72 horas
desde el primer intento de contacto. La falta de respuesta implicará renuncia
automática.
La aceptación del premio se entenderá formalizada cuando el ganador confirme
expresamente su aceptación por cualquier medio que permita dejar constancia
(llamada, correo electrónico, mensaje, etc.).
Los datos personales facilitados por los participantes serán tratados por Asesoría
Estudio Emprendedor, S.L. y Marketing Plus, S.L. con la finalidad de gestionar el
sorteo, contactar con el ganador y cumplir obligaciones legales.
Base jurídica del tratamiento
• Consentimiento del participante al inscribirse en el formulario.
Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para la gestión del sorteo, la
entrega del premio y el cumplimiento de obligaciones legales, tras lo cual serán
suprimidos o bloqueados conforme a la normativa de protección de datos.
Los participantes podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión,
oposición, limitación del tratamiento y portabilidad, mediante escrito dirigido a
contacto@asesoriaemprendedor.es o al domicilio social indicado, acompañando copia
de su documento identificativo.
En caso de discrepancia, podrán presentar una reclamación ante la Agencia Española
de Protección de Datos (AEPD).
El tratamiento se realizará conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley
Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
(LOPDGDD).
La participación en el sorteo no implica cesión automática de derechos de imagen. No
obstante, en caso de que el ganador acepte aparecer en publicaciones de la Empresa
(por ejemplo, foto de entrega del premio), se recabará su consentimiento expreso y
específico para el uso de su imagen en los canales de comunicación de la
Organizadora, de conformidad con la normativa de protección de datos y la Ley
Orgánica 1/1982, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y
familiar y a la propia imagen.
Los participantes serán responsables de los comentarios y contenidos que
publiquen en redes sociales, garantizando que no vulneran derechos de terceros ni
contienen contenidos ilícitos, ofensivos o contrarios a la moral o al orden público.
No podrán participar perfiles fraudulentos, duplicados o creados únicamente para
participar en sorteos.
La Empresa se reserva el derecho de eliminar participaciones que considere
sospechosas o contrarias a la buena fe.
La Empresa no se responsabiliza de:
– Fallos técnicos en redes sociales o plataformas externas.
– Participaciones no registradas por problemas de conexión.
– Contenidos publicados por terceros en redes sociales.
– No será responsable de los daños y perjuicios que pudieran derivarse del uso
indebido del premio por parte del ganador.
Instagram y Facebook no patrocinan, avalan ni administran este sorteo.
La participación en el sorteo implica la aceptación íntegra de estas bases.
Las bases estarán disponibles en la web de la Empresa en el siguiente enlace:
asesoriaemprendedor.es/concurso-marketing-2026
La Organizadora se reserva el derecho a modificar las presentes bases, suspender
o cancelar el sorteo por causas de fuerza mayor o circunstancias ajenas a su
voluntad, siempre que no se perjudiquen los derechos adquiridos por los
participantes. Cualquier modificación será debidamente comunicada a través de los
mismos canales en los que se haya difundido el sorteo.
El presente sorteo tiene la consideración de sorteo promocional y no está sujeto a la
Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, al no existir contraprestación
económica para participar ni tratarse de un juego de azar con fines lucrativos.
Las presentes bases se rigen, entre otras, por la siguiente normativa:
• Ley 34/1988, General de Publicidad.
• Ley 3/1991, de Competencia Desleal.
• Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y
Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007).
• Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio
Electrónico (LSSI).
• Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y LOPDGDD, en materia de protección de
datos.
Para cualquier controversia que pudiera derivarse de la interpretación o ejecución de
estas bases, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Vigo, salvo que la
normativa de consumidores y usuarios disponga otro fuero imperativo.
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